El nuevo reportaje revisa las certificaciones fiscales y las explicaciones sobre empresas, exoneraciones, la junta financiera y Ciudad Refugio; los señalamientos continúan sujetos a comprobación oficial.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.— La periodista Nuria Piera presentó la noche del sábado 1 de agosto de 2026 un nuevo reportaje sobre la pastora Yesenia Then, en el que examinó la respuesta ofrecida por la líder religiosa y sostuvo que varias preguntas sobre donaciones, empresas vinculadas y proyectos sociales permanecen sin respaldo documental público.
La investigación, titulada “Yesenia Then: una ‘respuesta’ sin información verificable”, compara los planteamientos formulados en el primer trabajo periodístico con las explicaciones ofrecidas posteriormente por la pastora.
Esta publicación representa el tercer capítulo de la cobertura realizada por La Voz Nacional. El 20 de julio, este medio informó sobre el reportaje que cuestionó los negocios y la transparencia alrededor del Ministerio Internacional Soplo de Vida.
Posteriormente, el 28 de julio, La Voz Nacional publicó la respuesta de la pastora Yesenia Then sobre impuestos, donaciones y Ciudad Refugio.
Nuria Piera revisa la respuesta de Yesenia Then
Al comenzar el nuevo reportaje, Piera reconoció que la pastora ejerció su derecho a responder públicamente. Sin embargo, afirmó que los asuntos centrales de la investigación anterior no habrían sido esclarecidos mediante documentos que pudieran ser examinados de manera independiente.La periodista concentró sus cuestionamientos en la separación entre el patrimonio del ministerio, las sociedades comerciales y los bienes particulares de sus dirigentes.
También revisó las explicaciones relacionadas con las certificaciones tributarias, la administración de las donaciones, las exoneraciones aduanales, el funcionamiento de Ciudad Refugio y los ingresos procedentes de las plataformas digitales.
Las afirmaciones difundidas por Piera constituyen hallazgos y valoraciones de una investigación periodística. No representan una decisión de la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas, el Ministerio Público o un tribunal.
Alcance de las certificaciones presentadas ante la DGII
En sus declaraciones oficiales, Yesenia Then mostró dos certificaciones de cumplimiento fiscal: una relacionada con el Ministerio Internacional Soplo de Vida y otra correspondiente a la Escuela de Formación y Capacitación Ministerial Trasciende.Los documentos, fechados el 21 y el 27 de julio de 2026, fueron utilizados por la pastora para respaldar su afirmación de que ambas entidades se encuentran al día con sus obligaciones tributarias.
La DGII explica oficialmente que esta certificación sirve para dejar constancia de que un contribuyente está al día en la declaración o pago de sus impuestos.
No obstante, el modelo del documento también advierte que su emisión no valida necesariamente la veracidad de todas las informaciones declaradas ni impide una verificación posterior.
Piera utilizó esa limitación para sostener que las dos certificaciones no equivalen a una auditoría financiera integral sobre ingresos, gastos, donaciones o relaciones entre entidades.
Esto no invalida los documentos presentados por Then ni demuestra incumplimiento tributario. Simplemente delimita su alcance: acreditan una condición fiscal específica, pero no permiten determinar por sí solos cómo fueron administrados todos los recursos recibidos.
Otras entidades mencionadas en la controversia
El reportaje señaló que la pastora no presentó certificaciones individuales relacionadas con otras entidades mencionadas durante la investigación, entre ellas el restaurante Brisal, Fine Modesty, la Distribuidora de Recursos de Vida, la Guardería Cristiana Grace, el Centro Educativo Cristiano Grace y la Fundación Manos en Acción.La ausencia de esos documentos en el video no significa necesariamente que las entidades incumplan sus obligaciones. Sin embargo, Piera considera que su presentación habría permitido establecer con mayor claridad la independencia fiscal, societaria y administrativa de cada proyecto.
La cuestión principal consiste en determinar si existen cuentas, contratos, personal, inventarios y registros contables separados entre el ministerio religioso y las sociedades privadas vinculadas con algunos de sus dirigentes.
Reportaje afirma que Soplo de Vida recibió 25 exoneraciones
Uno de los nuevos elementos presentados está relacionado con informaciones que, según Piera, fueron entregadas por la Dirección General de Aduanas mediante una solicitud de libre acceso a la información.La investigación sostiene que el Ministerio Internacional Soplo de Vida recibió 25 exoneraciones durante los últimos cinco años: una para un púlpito, dos para calendarios y 22 para la importación de 4,530 unidades de libros.
Entre las publicaciones mencionadas figurarían obras escritas por Yesenia Then. El reportaje planteó la necesidad de establecer si los libros importados bajo el nombre del ministerio corresponden a ejemplares comercializados posteriormente por la empresa privada Distribuidora de Recursos de Vida SRL.
Piera afirmó que Yesenia Then y su esposo, Joan Bonilla de Jesús, figuran como socios de esa distribuidora.
La Voz Nacional no ha tenido acceso independiente a la respuesta completa de Aduanas citada en el programa ni a los registros de inventario que permitan confirmar el destino individual de los libros. Por tanto, las cifras y relaciones descritas permanecen atribuidas al reportaje.
Tampoco se presentó una resolución oficial que establezca que las exoneraciones fueron utilizadas irregularmente. Determinarlo requeriría comparar las autorizaciones de importación, los destinatarios, los inventarios y las operaciones comerciales correspondientes.
La junta financiera y el manejo de las donaciones
Yesenia Then aseguró que una junta financiera administra y supervisa todos los ingresos del ministerio. También afirmó que ella no maneja personalmente las donaciones y que la congregación presenta informes anuales a sus miembros.Sobre el vehículo Rolls-Royce Cullinan donado por el artista urbano El Alfa, la pastora sostuvo que el comité financiero administró la operación y que los recursos obtenidos permanecen intactos en la cuenta destinada al nuevo templo.
Piera respondió que no fueron identificados públicamente los integrantes de la junta financiera ni se presentaron sus informes, procedimientos de supervisión o auditorías.
La periodista también argumentó que, aunque Then asegure no intervenir directamente en las cuentas, su condición de principal dirigente y promotora pública de las campañas de recaudación le otorga responsabilidad institucional frente a quienes realizan los aportes.
Esa responsabilidad institucional no demuestra que exista manejo personal del dinero. La comprobación dependería de documentos bancarios, estados financieros, actas internas y auditorías autorizadas.
Ciudad Refugio vuelve al centro de las preguntas
La pastora explicó que Ciudad Refugio todavía no ha sido construida en Boca Chica porque el terreno permanece en proceso de titulación. Mientras se resuelve esa situación, dijo que funciona un plan piloto en Santo Domingo con capacidad para albergar a 30 niñas.Piera afirmó que informaciones suministradas por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia indicarían que la capacidad autorizada es de 21 espacios y que actualmente son atendidas 19 niñas.
La Voz Nacional no localizó públicamente el documento específico de CONANI citado por la periodista. En consecuencia, ambas cifras deben mantenerse claramente atribuidas a sus respectivas fuentes.
El sitio oficial de Ciudad Refugio presenta programas de apadrinamiento, modalidades de donación y un número de registro atribuido a CONANI. Sin embargo, las páginas públicas consultadas no muestran estados financieros detallados sobre las recaudaciones acumuladas para la construcción del proyecto definitivo.
El nuevo reportaje también planteó interrogantes sobre la situación registral de los terrenos destinados a Ciudad Refugio. Piera informó que espera documentación adicional de la jurisdicción inmobiliaria para completar la cadena de titularidad.
La falta de titulación reconocida por la propia pastora explica por qué la obra no ha comenzado, pero no demuestra por sí sola la existencia de una actuación ilegal.
Ingresos procedentes de las redes sociales
Yesenia Then afirmó que la iglesia no constituye su principal sustento económico y atribuyó sus ingresos personales a la monetización de sus contenidos digitales, la publicación de libros y otras actividades particulares.Según la pastora, sus cuentas en YouTube, Facebook, Instagram y TikTok reúnen aproximadamente 20 millones de seguidores y acumulan miles de millones de reproducciones.
Piera precisó que sumar los seguidores de distintas plataformas no equivale a contabilizar 20 millones de personas diferentes, debido a que un mismo usuario puede seguir varias cuentas.
Ambas afirmaciones pueden coexistir: una persona puede acumular millones de seguidores sumados entre distintas plataformas, pero esa cifra no permite calcular automáticamente la cantidad de usuarios únicos ni los ingresos obtenidos.
Una comprobación financiera requeriría documentos de monetización, contratos editoriales, declaraciones tributarias y otros registros que no fueron mostrados íntegramente por ninguna de las partes.
Preguntas que permanecen pendientes
Después de las declaraciones de Yesenia Then y del nuevo reportaje de Nuria Piera, los principales asuntos pendientes de comprobación son:La composición y el nivel de independencia de la junta financiera del ministerio.
Los informes anuales que, según la pastora, se presentan a la congregación.
La separación contable y operativa entre la iglesia y las empresas privadas.
El destino específico de los libros importados mediante exoneraciones.
Los recursos recaudados y ejecutados para Ciudad Refugio y el nuevo templo.
La situación registral de los terrenos vinculados con los proyectos.
La procedencia documentada de los ingresos y bienes particulares de la pastora.
La falta de publicación de esas informaciones mantiene abiertas las preguntas, pero no autoriza a presumir la comisión de delitos.
Marco legal y supervisión institucional
La Ley 122-05 y su reglamento de aplicación regulan las asociaciones sin fines de lucro en República Dominicana. Las obligaciones concretas de cada organización dependen de su forma jurídica, registros, actividades, fuentes de financiamiento y relación con las instituciones públicas.La naturaleza no lucrativa impide distribuir los beneficios institucionales como ganancias entre los asociados. Sin embargo, no prohíbe automáticamente que dirigentes religiosos escriban libros, posean empresas, reciban remuneraciones o desarrollen actividades económicas particulares.
La cuestión jurídica sería determinar si los patrimonios están separados y si los fondos recibidos para una finalidad religiosa o social fueron utilizados conforme al propósito comunicado.
Hasta el cierre de esta publicación, las fuentes revisadas no muestran una resolución de las autoridades que declare ilícitas las actividades cuestionadas por Piera. Tampoco se ha identificado una auditoría oficial publicada que confirme o descarte todos los señalamientos.
Impacto y consecuencias
El nuevo reportaje aumenta la presión pública para que Soplo de Vida presente información financiera más detallada y explique la relación entre el ministerio, sus proyectos sociales y las sociedades comerciales vinculadas con sus dirigentes.La publicación de auditorías independientes, informes de donaciones, identidades de los responsables financieros y documentos sobre los inmuebles permitiría que el debate avance desde las interpretaciones hacia datos comprobables.
También corresponde que los medios mantengan el derecho de respuesta de Yesenia Then y eviten convertir preguntas legítimas en condenas anticipadas.
La transparencia institucional, la libertad religiosa y la presunción de inocencia pueden coexistir. Ninguno de estos principios debe utilizarse para anular los demás.
Conclusión
La nueva investigación de Nuria Piera sostiene que la respuesta de Yesenia Then aclaró parcialmente algunos temas, pero no presentó documentación suficiente para comprobar de manera integral el manejo de las donaciones, las exoneraciones, las empresas relacionadas y los proyectos promovidos por Soplo de Vida.Las certificaciones de la DGII son documentos válidos dentro de su alcance, aunque no sustituyen una auditoría financiera. Del mismo modo, los señalamientos periodísticos merecen investigación y respuestas verificables, pero no equivalen a una declaración oficial de responsabilidad.
El siguiente paso debería consistir en la presentación y evaluación de documentos, no en una confrontación basada en ataques personales, creencias religiosas o conclusiones no demostradas.
Análisis | La Voz Nacional
El nuevo reportaje cambia nuevamente la naturaleza del debate. La discusión ya no se limita a determinar si Yesenia Then respondió, sino a establecer si las explicaciones ofrecidas pueden ser verificadas por terceros.Su presentación de dos certificaciones tributarias constituye un elemento relevante y no debe ser minimizada. Esos documentos acreditan que las entidades indicadas se encontraban al día con determinadas obligaciones fiscales en las fechas correspondientes. Sin embargo, la propia DGII distingue entre una certificación de cumplimiento y una validación integral de la información declarada.
Esa diferencia es fundamental. Estar al día ante la administración tributaria no significa automáticamente que exista una auditoría de cada donación, gasto, contrato o relación entre entidades. Tampoco significa lo contrario: la ausencia de una auditoría pública no demuestra que los fondos hayan sido desviados.
Para fortalecer su posición, Soplo de Vida podría identificar a los integrantes de su junta financiera, publicar informes consolidados y explicar qué entidad recibe cada donación, quién posee los inmuebles y cómo se relacionan las organizaciones religiosas con las empresas privadas mencionadas.
Nuria Piera, por su parte, tiene la responsabilidad periodística de permitir que los documentos que sustentan sus principales afirmaciones puedan ser examinados, dentro de los límites impuestos por la protección de datos y la reserva tributaria. Esto resulta especialmente importante respecto de las exoneraciones aduanales, la titularidad de los terrenos y las informaciones atribuidas a CONANI.
La trazabilidad debe aplicarse en ambas direcciones: quien recauda recursos tiene que explicar su utilización y quien formula un señalamiento de interés público debe mostrar las bases verificables de su investigación.
El caso tampoco debe transformarse en un juicio general contra las iglesias evangélicas. Las preguntas se refieren a determinadas entidades, proyectos y operaciones. Generalizar afectaría injustamente a congregaciones que realizan labores sociales y religiosas sin relación con esta controversia.
Finalmente, corresponde a las autoridades tributarias, aduanales, administrativas o judiciales determinar si existe alguna infracción. El periodismo puede revelar documentos, señalar contradicciones y exigir explicaciones, pero no sustituye el debido proceso.
La transparencia no debe entenderse como una amenaza para la fe. Cuando una institución depende de la confianza de sus miembros, demostrar documentalmente la administración de sus recursos constituye una forma de proteger esa misma confianza.
Fuentes consultadas
1. Nuria Piera — “Yesenia Then: una ‘respuesta’ sin información verificable”https://www.youtube.com/watch?v=XE6kpcGof_Q
3. Dirección General de Impuestos Internos — Certificación de cumplimiento de obligaciones fiscales
https://dgii.gov.do/servicios/Paginas/det-Certificaciones-CumplimientoObligacionesFiscales.aspx
4. DGII — Catálogo oficial de certificaciones
https://dgii.gov.do/servicios/Documents/Certificaciones/TRA-CER-Cumplimiento-Obligaciones-Fiscales-Al-Dia-en-la-Declaracion-Pago-de-Impuestos.pdf
6. CASFL — Marco legal de las asociaciones sin fines de lucro
https://mepyd.gob.do/casfl/marco-legal/

Redacción La Voz Nacional
Equipo Editorial | La Voz NacionalContenido elaborado y revisado por el equipo editorial de La Voz Nacional, comprometido con informar con responsabilidad, equilibrio e interés público.
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